{"id":3106,"date":"2009-01-05T19:03:15","date_gmt":"2009-01-05T19:03:15","guid":{"rendered":"http:\/\/nasdat.com\/?p=3106"},"modified":"2009-01-05T19:03:15","modified_gmt":"2009-01-05T19:03:15","slug":"\u00bfqu\u00e9-establece-la-declaraci\u00f3n-universal-de-la-unesco-sobre-la-diversidad?","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nasdat.com\/?p=3106","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 establece la Declaraci\u00f3n Universal de la UNESCO sobre la Diversidad?"},"content":{"rendered":"<p>88.- \u00bfQu\u00e9 establece la Declaraci\u00f3n Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural?<br \/>\n\u00a0<br \/>\nLos p\u00e1rrafos en negro se refieren a: &#8221; Instrumentos, proyectos, reuniones, conceptos y fechas importanes &#8221;<\/p>\n<p>En numerosos foros internacionales, los representantes de los pueblos ind\u00edgenas del mundo han expresado su inter\u00e9s por aquellos instrumentos nacionales e internacionales que permitan el efectivo cumplimiento de los derechos culturales. De all\u00ed la importancia concedida a la &#8220;Declaraci\u00f3n universal de la UNESCO sobre la diversidad cultural&#8221;, cuyo articulado transcribimos a continuaci\u00f3n. Los interesados en ampliar su informaci\u00f3n sobre el tema y, en especial, sobre los Principios y el Plan de Acci\u00f3n para la aplicaci\u00f3n de la mencionada declaraci\u00f3n, pueden consultar la p\u00e1gina web http:\/\/ www.unesco.org\/<\/p>\n<p>Declaraci\u00f3n universal UNESCO sobre la diversidad cultural<br \/>\nIdentidad, diversidad y pluralismo<br \/>\nArt\u00edculo 1: La diversidad cultural, patrimonio com\u00fan de la humanidad<\/p>\n<p>La cultura adquiere formas diversas a trav\u00e9s del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovaci\u00f3n y de creatividad, la diversidad cultural es, para el g\u00e9nero humano, tan necesaria como la diversidad biol\u00f3gica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio com\u00fan de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2: De la diversidad cultural al pluralismo cultural<\/p>\n<p>En nuestras sociedades cada vez m\u00e1s diversificadas, resulta indispensable garantizar una interacci\u00f3n armoniosa y una voluntad de convivir de personas y grupos con identidades culturales a un tiempo plurales, variadas y din\u00e1micas. Las pol\u00edticas que favorecen la inclusi\u00f3n y la participaci\u00f3n de todos los ciudadanos garantizan la cohesi\u00f3n social, la vitalidad de la sociedad civil y la paz. Definido de esta manera, el pluralismo cultural constituye la respuesta pol\u00edtica al hecho de la diversidad cultural. Inseparable de un contexto democr\u00e1tico, el pluralismo cultural es propicio a los intercambios culturales y al desarrollo de las capacidades creadoras que alimentan la vida p\u00fablica.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3: La diversidad cultural, factor de desarrollo<\/p>\n<p>La diversidad cultural ampl\u00eda las posibilidades de elecci\u00f3n que se brindan a todos; es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en t\u00e9rminos de crecimiento econ\u00f3mico, sino tambi\u00e9n como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria.<\/p>\n<p>DIVERSIDAD CULTURAL Y DERECHOS HUMANOS<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4: Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural<\/p>\n<p>La defensa de la diversidad cultural es un imperativo \u00e9tico, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana. Ella supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que pertenecen a minor\u00edas y los de los pueblos aut\u00f3ctonos. Nadie puede invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional, ni para limitar su alcance.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5: Los derechos culturales, marco propicio de la diversidad cultural<\/p>\n<p>Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, que son universales, indisociables e interdependientes. El desarrollo de una diversidad creativa exige la plena realizaci\u00f3n de los derechos culturales, tal como los define el Art\u00edculo 27 de la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos y los Art\u00edculos 13 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales. Toda persona debe, as\u00ed, poder expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular en su lengua materna; toda persona tiene derecho a una educaci\u00f3n y una formaci\u00f3n de calidad que respete plenamente su identidad cultural; toda persona debe poder participar en la vida cultural que elija y ejercer sus propias pr\u00e1cticas culturales, dentro de los l\u00edmites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6: Hacia una diversidad cultural accesible a todos<\/p>\n<p>Al tiempo que se garantiza la libre circulaci\u00f3n de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que procurar que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad de expresi\u00f3n, el pluralismo de los medios de comunicaci\u00f3n, el multiling\u00fcismo, la igualdad de acceso a las expresiones art\u00edsticas, al saber cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico -comprendida su forma electr\u00f3nica- y la posibilidad, para todas<\/p>\n<p>las culturas, de estar presentes en los medios de expresi\u00f3n y de difusi\u00f3n, son los garantes de la diversidad cultural.<\/p>\n<p>Diversidad cultural y creatividad<br \/>\nArt\u00edculo 7: El patrimonio cultural, fuente de la creatividad<\/p>\n<p>Toda creaci\u00f3n tiene sus or\u00edgenes en las tradiciones culturales, pero se desarrolla plenamente en contacto con otras. Esta es la raz\u00f3n por la cual el patrimonio, en todas sus formas, debe ser preservado, valorizado y transmitido a las generaciones futuras como testimonio de la experiencia y de las aspiraciones humanas, a fin de nutrir la creatividad en toda sudiversidad e instaurar un verdadero di\u00e1logo entre las culturas.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8: Los bienes y servicios culturales, mercanc\u00edas distintas de las dem\u00e1s<\/p>\n<p>Frente a los cambios econ\u00f3micos y tecnol\u00f3gicos actuales, que abren vastas perspectivas para la creaci\u00f3n y la innovaci\u00f3n, se debe prestar una atenci\u00f3n particular a la diversidad de la oferta creativa, a la justa consideraci\u00f3n de los derechos de los autores y de los artistas, as\u00ed como al car\u00e1cter espec\u00edfico de los bienes y servicios culturales que, en la medida en que son portadores de identidad, de valores y sentido, no deben ser considerados como mercanc\u00edas o bienes de consumo como los dem\u00e1s.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9: Las pol\u00edticas culturales, catalizadoras de la creatividad<\/p>\n<p>Las pol\u00edticas culturales, en tanto que garantizan la libre circulaci\u00f3n de las ideas y las obras, deben crear condiciones propicias para la producci\u00f3n y difusi\u00f3n de bienes y servicios culturales diversificados, gracias a industrias culturales que dispongan de medios para desarrollarse en los planos local y mundial. Cada Estado debe, respetando sus obligaciones internacionales, definir su pol\u00edtica cultural y aplicarla, utilizando para ello los medios de acci\u00f3n que juzgue m\u00e1s adecuados, ya se trate de apoyos concretos o de marcos reglamentarios apropiados.<\/p>\n<p>Diversidad cultural y solidaridad internacional<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10: Reforzar las capacidades de creaci\u00f3n y de difusi\u00f3n a escala mundial<\/p>\n<p>Ante los desequilibrios que se producen actualmente en los flujos e intercambios de bienes culturales a escala mundial, es necesario reforzar la cooperaci\u00f3n y la solidaridad internacionales destinadas a permitir que todos los pa\u00edses, en particular los pa\u00edses en desarrollo y los pa\u00edses en transici\u00f3n, establezcan industrias culturales viables y competitivas en los planos nacional e internacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11: Establecer relaciones de asociaci\u00f3n entre el sector p\u00fablico, el sector privado y la sociedad civil<\/p>\n<p>Las fuerzas del mercado por s\u00ed solas no pueden garantizar la preservaci\u00f3n y promoci\u00f3n de la diversidad cultural, condici\u00f3n de un desarrollo humano sostenible. Desde este punto de vista, conviene fortalecer la funci\u00f3n primordial de las pol\u00edticas p\u00fablicas, en asociaci\u00f3n con el sector privado y la sociedad civil.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12: La funci\u00f3n de la UNESCO<\/p>\n<p>La UNESCO, por su mandato y sus funciones, tiene la responsabilidad de:<\/p>\n<p>a. promover la consideraci\u00f3n de los principios enunciados en la presente Declaraci\u00f3n en las estrategias de desarrollo elaboradas en el seno de las diversas entidades intergubernamentales;<\/p>\n<p>b. constituir un instrumento de referencia y de concertaci\u00f3n entre los Estados, los organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales, la sociedad civil y el sector privado para la elaboraci\u00f3n conjunta de conceptos, objetivos y pol\u00edticas en favor de la diversidad cultural;<\/p>\n<p>c. proseguir su acci\u00f3n normativa y su acci\u00f3n de sensibilizaci\u00f3n y de desarrollo de capacidades en los \u00e1mbitos relacionados con la presente Declaraci\u00f3n que corresponden a sus esferas de competencia;<\/p>\n<p>d. facilitar la aplicaci\u00f3n del Plan de Acci\u00f3n cuyas orientaciones principales se adjuntan en anexo de la presente Declaraci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>88.- \u00bfQu\u00e9 establece la Declaraci\u00f3n Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural? \u00a0 Los p\u00e1rrafos en negro se refieren a: &#8221; Instrumentos, proyectos, reuniones, conceptos y fechas importanes &#8221; En numerosos foros internacionales, los representantes de los pueblos ind\u00edgenas del mundo han expresado su inter\u00e9s por aquellos instrumentos nacionales e internacionales que permitan el efectivo cumplimiento de los derechos<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[90],"tags":[],"class_list":["post-3106","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-instrumentos-proyectos-reuniones-conceptos-y-fechas-importantes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3106","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3106"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3106\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3106"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3106"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3106"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}