{"id":2935,"date":"2008-12-30T20:45:12","date_gmt":"2008-12-30T20:45:12","guid":{"rendered":"http:\/\/nasdat.com\/?p=2935"},"modified":"2008-12-30T20:45:12","modified_gmt":"2008-12-30T20:45:12","slug":"\u00bfqu\u00e9-establece-el-proyecto-de-declaraci\u00f3n-de-la-onu-sobre-derechos-indigenas?-2935","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nasdat.com\/?p=2935","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 establece el Proyecto de Declaraci\u00f3n de la ONU sobre derechos indigenas?-2935"},"content":{"rendered":"<p>82.- \u00bfQu\u00e9 establece el Proyecto de Declaraci\u00f3n de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas?<br \/>\n\u00a0<br \/>\nLos p\u00e1rrafos en negro se refieren a: &#8221; Mujer y Familia &#8221;<\/p>\n<p>Desde 1992, la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas (ONU) conform\u00f3 el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Ind\u00edgenas, integrado por ind\u00edgenas de diversos pa\u00edses del mundo, representantes gubernamentales y asesores que, despu\u00e9s de 12 a\u00f1os de esfuerzos, elabor\u00f3 la propuesta de Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas, aprobada como borrador en agosto de 1994. Desde entonces se integr\u00f3 un equipo de trabajo permanente dedicado a la elaboraci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n definitiva, cuya tarea a\u00fan no concluye.<\/p>\n<p>En sus 45 art\u00edculos, este documento expresa una concepci\u00f3n filos\u00f3fica y jur\u00eddica cuyo eje medular es la insistencia en el reconocimiento del car\u00e1cter de pueblos y el derecho a la libre determinaci\u00f3n de los ind\u00edgenas.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n se enuncian algunas de las ideas principales que contiene la Declaraci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 * Derecho al pleno y efectivo disfrute de los derechos humanos reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas y en el derecho internacional (art\u00edculo 1\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 * Derecho a no ser discriminados y a gozar de la libertad e igualdad que todas las dem\u00e1s personas tienen (art\u00edculo 2\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a la libre determinaci\u00f3n, que se define de la siguiente manera: &#8220;En virtud de ese derecho los pueblos ind\u00edgenas determinan libremente su condici\u00f3n pol\u00edtica y persiguen libremente su desarrollo econ\u00f3mico, social y cultural&#8221; (art\u00edculo 3\u00b0). &#8220;Puede ejercer la autonom\u00eda y el autogobierno en cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, en particular con la cultura, la religi\u00f3n, la educaci\u00f3n, la informaci\u00f3n, los medios de comunicaci\u00f3n, la salud, la vivienda, el empleo, el bienestar social, las actividades econ\u00f3micas, la gesti\u00f3n de tierras y recursos, el medio ambiente y el ingreso de personas que no son miembros, as\u00ed como los medios de financiar estas funciones aut\u00f3nomas&#8221; (art\u00edculo 31). Mediante esta prerrogativa, pueden determinar su propia ciudadan\u00eda conforme a sus costumbres y tradiciones.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a no ser objeto de etnocidio y genocidio cultural. Se deben prevenir y reparar los actos que tengan por objeto privar a los pueblos ind\u00edgenas de su integridad o de sus valores culturales o identidades \u00e9tnicas; enajenarlos de sus tierras, territorios o recursos; trasladarlos de poblaci\u00f3n; asimilarlos e integrarlos a otras culturas o modos de vida impuestos a trav\u00e9s de medidas legislativas, administrativas o de otro tipo; hacer propaganda en contra de ellos (art\u00edculo 7\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a pertenecer a una comunidad o naci\u00f3n ind\u00edgena (art\u00edculo 9\u00b0) y contar con una nacionalidad (art\u00edculo 5\u00b0). Los pueblos ind\u00edgenas, en particular los que est\u00e1n divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperaci\u00f3n con otros pueblos trascendiendo las fronteras que los han separado (art\u00edculo 35\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a protecci\u00f3n y seguridad especiales en periodos de conflicto armado. No podr\u00e1n obligarlos a abandonar sus tierras, territorios o medios de subsistencia no a reasentarse en centros especiales con fines militares (art\u00edculo 11).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a manifestar, practicar, desarrollar y ense\u00f1ar sus tradiciones, costumbres y creencias espirituales y religiosas, a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales, y a tener acceso a ellos privadamente; a utilizar y vigilar los objetos de culto, y a obtener la repatriaci\u00f3n de los restos mortales de los miembros de su comunidad (art\u00edculo 13\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a todos los niveles y formas de educaci\u00f3n del Estado; asimismo, los ni\u00f1os que viven fuera de sus comunidades tienen derecho de acceso a la educaci\u00f3n en sus propios idiomas y culturas (art\u00edculo 15\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a establecer medios de informaci\u00f3n en sus propios idiomas (art\u00edculo 17\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a no ser sometidos a condiciones discriminatorias de trabajo, empleo o salario (art\u00edculo 18\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a participar en todas las decisiones de pol\u00edtica social que los afecten, por conducto de representantes elegidos por ellos (art\u00edculo 19\u00b0). Derecho a intervenir en las decisiones de pol\u00edtica social que les permitan determinar y elaborar sus programas de salud, vivienda y dem\u00e1s programas econ\u00f3micos y sociales, en lo posible, administrando sus propias instituciones (art\u00edculo 24\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a poseer, desarrollar, controlar y utilizar sus tierras y territorios, comprendido el medio ambiente total de las tierras, el aire, las aguas, los mares costeros, los hielos marinos, la flora y la fauna, y los dem\u00e1s recursos que tradicionalmente han pose\u00eddo, ocupado o utilizado de otra forma (art\u00edculo 26\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a determinar y elaborar sus prioridades y estrategias para el desarrollo y la utilizaci\u00f3n de sus tierras y otros recursos. Podr\u00e1n exigir a los Estados que suscriban la Declaraci\u00f3n, antes de aprobar proyectos que los afecten, solicitarles su consentimiento libre e informado, en particular en lo relacionado con los recursos minerales, h\u00eddricos o de otro tipo (art\u00edculo 30\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a la restituci\u00f3n de sus tierras, territorios y los recursos que tradicionalmente han pose\u00eddo, ocupado o utilizado de otra forma y que les hayan sido confiscados, ocupados, utilizados o da\u00f1ado sin su consentimiento libre e informado. Cuando esto no sea posible tendr\u00e1n derecho a una indemnizaci\u00f3n justa y equitativa (art\u00edculo 27\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a la conservaci\u00f3n, reconstituci\u00f3n y protecci\u00f3n del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras, territorios y recursos, y a recibir asistencia para tal efecto por parte del Estado (art\u00edculo 28\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho al respeto de los acuerdos, tratados u otros arreglos constructivos concertados con los Estados. Las controversias surgidas en este sentido ser\u00e1n sometidas a los \u00f3rganos internacionales competentes por todas las partes interesadasa (art\u00edculo 36\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Derecho a una asistencia financiera y t\u00e9cnica adecuada por parte de los Estados, y, por su conducto, de la cooperaci\u00f3n internacional para promover libremente su desarrollo pol\u00edtico, econ\u00f3mico, social, cultural y espiritual, y para el disfrute de los derechos y libertades reconocidos en la presente Declaraci\u00f3n. (Art\u00edculo 38\u00b0).<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 *<br \/>\n\u00a0 \u00a0 \u00a0 Los derechos reconocidos se garantizar\u00e1n por igual al hombre y la mujer ind\u00edgenas (art\u00edculo 43\u00b0). (Instituto Nacional Indigenista, 2000:767-768)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>82.- \u00bfQu\u00e9 establece el Proyecto de Declaraci\u00f3n de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas? \u00a0 Los p\u00e1rrafos en negro se refieren a: &#8221; Mujer y Familia &#8221; Desde 1992, la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas (ONU) conform\u00f3 el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Ind\u00edgenas, integrado por ind\u00edgenas de diversos pa\u00edses del mundo, representantes gubernamentales<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-2935","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-mujer-y-familia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2935","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2935"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2935\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2935"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2935"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/nasdat.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2935"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}