AUTOGESTIÓN INDÍGENA PARA EL DESARROLLO (ejemplo de proyecto)

http://www.guerrero.gob.mx/?P=programasgobierno&prg=396
AUTOGESTIÓN INDÍGENA PARA EL DESARROLLO

Los resultados alcanzados durante los ejercicios 2006-2007 responden a la orientación trazada en el programa, por lo que es necesario que en el ejercicio 2008 se dé continuidad a las acciones respectivas para completar los ciclos de capacitación-acción que fortalezcan las capacidades organizativas y autogestivas de las 160 redes sociales indígenas de los 16 municipios en que se instrumenta el MIDEPI, así como a los 15 equipos técnicos de instituciones de los tres niveles de gobierno

Objetivos

? Instrumentar un proceso de capacitación–acción que permita a los Pueblos Indígenas diseñar e instrumentar mecanismos que impulsen su desarrollo integral y sustentable.
? Aplicar el enfoque intercultural como eje rector del proceso enseñanza-aprendizaje.
? Formar multiplicadores institucionales y comunitarios que permita la socialización de los instrumentos técnicos y metodológicos del enfoque intercultural.
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Beneficios

Los beneficios de este programa son:

?1 metodología de capacitación-acción
?talleres de capacitación intercultural para el fortalecimiento de capacidades autogestivas de 160 redes sociales indígenas.
?talleres de capacitación intercultural para equipos técnicos de la SAI (oficinas centrales y coordinaciones regionales de Ometepec, Chilapa y Tlapa).
?talleres de capacitación intercultural para directivos y técnicos de instituciones coparticipantes en el MIDEPI.

Reglas

Este programa cumple con varias reglas para su aprobación, las cuales se menciona a continuación:

REGLAS DE OPERACIÓN 2008
PROGRAMA III
“AUTOGESTIÓN INDÍGENA PARA EL DESARROLLO”

1. PRESENTACIÓN
Las presentes Reglas de Operación corresponden al programa “AUTOGESTIÓN INDÍGENA PARA EL DESARROLLO,” y se expiden en cumplimiento con lo establecido en el Decreto que aprueba el Presupuesto de Egresos del Estado de Guerrero para el Ejercicio Fiscal correspondiente y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero.

2. ANTECEDENTES
El fortalecimiento, preservación y desarrollo de la cultura, la adecuación intercultural de las políticas públicas y programas y la concurrencia interinstitucional de acciones para su instrumentación y seguimiento son derechos de los Pueblos Indígenas enmarcados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales tienen su antecedente en el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo, signado por nuestro país en el año de 1990 y vigente desde 1991. Por lo anterior, mediante el presente programa, el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Asuntos Indígenas (SAI), se propone fortalecer las capacidades de los Pueblos Indígenas aplicando los espacios e instrumentos metodológicos del enfoque intercultural para el desarrollo.
Los procesos de capacitación que tradicionalmente se han desarrollado parten de métodos de enseñanza-aprendizaje en los que la relación maestro-alumno es vertical y limitan la retroalimentación y la generación de conocimientos, soslayando las tecnologías y conocimientos ancestrales de los Pueblos Indígenas; así, la acción de educar y capacitar se reduce al componente técnico, dejando de lado las acciones integrales que fortalezcan el fomento organizativo y autogestivo de las comunidades indígenas. Ante esta realidad, la SAI instrumenta el enfoque intercultural en el proceso de fortalecimiento de capacidades autogestivas y organizativas que permita el empoderamiento de las comunidades y Pueblos Indígenas del estado de Guerrero.
En el presente año el Modelo Intercultural para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (MIDEPI), instrumentado por la SAI, establece un eje programático denominado “AUTOGESTIÓN INDÍGENA PARA EL DESARROLLO”, cuya principal orientación se enfoca a fortalecer las capacidades autogestivas de los Pueblos Indígenas, a través de un proceso de capacitación-acción, cuya estrategia rectora es el enfoque intercultural.

3. OBJETIVOS
3.1. General
• Fortalecer las capacidades autogestivas e intelectuales que incrementen el capital humano de los Pueblos Indígenas.
3.2. Específicos
• Instrumentar un proceso de capacitación–acción que permita a los Pueblos Indígenas diseñar e instrumentar mecanismos que impulsen su desarrollo integral y sustentable.
• Aplicar el enfoque intercultural como eje rector del proceso enseñanza-aprendizaje.
• Formar multiplicadores institucionales y comunitarios que permita la socialización de los instrumentos técnicos y metodológicos del enfoque intercultural.

4. LINEAMIENTOS GENERALES
4.1. Cobertura
Población indígena de los 81 municipios que se ubican en las siete regiones político-administrativas del Estado de Guerrero, específicamente la población nahua, mixteca, tlapaneca y amuzga de 46 municipios preponderantemente indígenas y con presencia indígena de las regiones Centro, Montaña, Costa Chica, Norte, Tierra Caliente, Costa Grande y Acapulco, los cuales se citan a continuación:
Acatepec, Acapulco, Ahuacotzingo, Atlamajalcingo del Monte, Atlixtac, Ayutla de los Libres, Alcozauca, Arcelia, Atenango del Río, Azoyú, Copalillo, Cochoapa el Grande, Chilapa de Álvarez, Iliatenco, Copanatoyac, Cuajinicuilapa, Cualác, Cuautepec, Cuetzala del Progreso, Chilpancingo de los Bravo, Eduardo Neri, General Canuto A. Neri, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de la Independencia, Igualapa, José Azueta, José Joaquín de Herrera, Malinaltepec, Mártir de Cuilapan, Metlatónoc, Olinalá, Ometepec, Pungarabato, Quechultenango, San Luis Acatlán, Taxco de Alarcón, Teloloapan, Tlapa de Comonfort, Tepecoacuilco de Trujano, Tixtla Tlacoachistlahuaca, Tlacoapa, Xochistlahuaca, Xalpatláhuac, , Zapotitlán Tablas y Zitlala.
4.2. Población objetivo
La población objetivo a beneficiar asciende a un total de 526,791 personas de los 4 Pueblos Indígenas y otros establecidos en el estado de Guerrero.
Los Sujetos de derecho beneficiados son mujeres, hombres, personas con capacidades diferentes, migrantes, jornaleros agrícolas, adultos mayores, niños (as), jóvenes, organizaciones sociales, organizaciones productivas, autoridades tradicionales, municipales y agrarias.
4.3. Criterios de selección de los sujetos de derecho (beneficiarios o participantes).
Los beneficiarios o participantes deberán cumplir los siguientes criterios de elegibilidad:
a) Ser originario de comunidades y municipios indígenas, o reconocer su identidad o ascendencia indígena.
b) Ser autoridad municipal, agraria, tradicional o representante comunitario.
c) Hombres y mujeres, sin distinción de género.
d) Todo ciudadano indígena independientemente de su filiación partidista y/o religiosa.
e) Jóvenes que sean reconocidos como ciudadanos por los usos y costumbres de la comunidad de origen.
f) Representantes y miembros de organizaciones sociales indígenas.
g) Académicos, científicos y representantes populares que realicen investigación, gestión o aportaciones sobre la problemática indígena.
h) Ciudadanos (as) en general interesados en el tema indígena.

5. CARACTERÍSTICAS DE LA INVERSIÓN
5.1. Procedencia
Los recursos para la instrumentación de este programa provienen de la Inversión Estatal Directa (IED), previa autorización del Presupuesto de Egresos decretada por el H. Congreso del Estado
5.2. Descripción general de los conceptos
Los conceptos son variables y se consideran los siguientes: papelería, fotocopias, material didáctico, bibliografía, equipo de campo, materiales de difusión, consumibles, viáticos, honorarios profesionales, alimentación, combustibles y lubricantes, llantas, servicio automotriz, peajes, hospedaje, traslados o pasajes (apoyo de transportes), arrendamiento de vehículos, ediciones e impresiones, edición de memorias, edición de audiovisuales y cápsulas radiofónicas, equipo de comunicación comunitaria, bienes informáticos, equipo educacional y recreativo. Estos serán utilizados durante la realización de las actividades establecidas en el programa.
Todos los recursos financieros requeridos para cada concepto programado provendrán de la Secretaría de Finanzas y Administración y serán operados por la SAI.

6. TRANSPARENCIA
6.1. Difusión y acceso a la información
Conforme a las disposiciones establecidas en el apartado de programas sujetos a Reglas de Operación del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado vigente, estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, estarán disponibles para la población en general en las Oficinas Centrales y Coordinaciones Regionales de la SAI, así como en la página electrónica del Gobierno del Estado: www:guerrero.web
6.2. Comprobación
Todos los gastos generados en cada una de las actividades y acciones propias del programa, de acuerdo a los conceptos antes citados, estarán soportados con la comprobación respectiva, sustentadas con facturas o recibos; cuando los gastos se generen en comunidades o municipios donde no existen comprobantes fiscales, se respaldarán con nóminas debidamente requisitadas con los siguientes conceptos: nombre, cargo, localidad y municipio, cantidad recibida, firma o huella digital, además del sello de la autoridad municipal o agraria, anexando fotocopia de credencial de elector de cada beneficiario; donde no exista el servicio de fotocopiado, la autoridad local certificará las nóminas respectivas. Los beneficiarios que no cuenten con credencial de elector podrán proporcionar copia de su CURP, acta de nacimiento, cartilla liberada o constancia de identidad. Si alguno de los participantes no presentara identificación alguna, bastará con su firma o huella digital, y la nómina debidamente avalada por la autoridad comunitaria, municipal o estatal.
6.3. Apoyos a participantes o beneficiarios
Los participantes y/o beneficiarios en los proyectos, encuentros, foros y talleres de fortalecimiento de capacidades, recibirán los siguientes apoyos: hospedaje, alimentación, traslados, papelería, material didáctico y, en caso de enfermedad durante el evento, se proporcionarán medicamentos básicos. En caso de donaciones de otros insumos para realizar sus actividades de promoción comunitaria, se integraran las actas de donación respectivas.
6.4. Resguardo y disponibilidad de la documentación comprobatoria
La documentación relativa a los gastos por cada uno de los conceptos en la ejecución de los proyectos y de las actividades del programa, como facturas, recibos, nóminas, actas de donación y cartas-compromiso, así como las evidencias e informes técnicos y gráficos estarán resguardadas y disponibles para su consulta y verificación en la Dirección General de Investigación y Evaluación, y en la Delegación Administrativa de la SAI.
6.5. Derechos y obligaciones
La población indígena tendrá derecho a los beneficios que otorga este programa, siempre y cuando cumplan con los requisitos que para tal efecto se han establecido.

7. INSTANCIA RESPONSABLE DEL PROGRAMA
La Dirección General de Investigación y Evaluación de la SAI será directamente responsable de la instrumentación de este programa.

8. INSTANCIA NORMATIVA
El COPLADEG será la instancia normativa facultada para autorizar y verificar la aplicación de las reglas de operación, y resolver los casos no previstos en las mismas.

9. INSTANCIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
El Subcomité Especial para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas será la instancia donde se coordinen las acciones técnicas y se propicie la transversalidad institucional para la optimización de los recursos. La SAI, en su calidad de institución coordinadora del Subcomité, será la instancia encargada de promover y vigilar el cumplimiento de las acciones arriba señaladas.

10. MECÁNICA DE OPERACIÓN
10.1. Promoción
La SAI promoverá, de manera directa, la participación de los cuatro Pueblos Indígenas en la realización e instrumentación de las acciones orientadas a la revisión de políticas y normas de operación institucionales que conduzcan a la redefinición de sus directrices y optimización de recursos, mediante los medios de comunicación y estrategias que se requieran: convocatorias, asambleas municipales y comunitarias, espacios de difusión institucionales en regiones indígenas, edición de folletos, trípticos, cuadernillos, carteles, mantas, cápsulas radiofónicas, videos, entre otros.
10.2. Operación del programa. Por concepto de gasto.
? Papelería y consumibles. Se utilizarán para la compilación, sistematización, análisis y elaboración de propuestas, proyectos, planes de trabajo y en general para trabajo de oficina y del desarrollo de las actividades contempladas en el programa. La adquisición de estos insumos estará a cargo de la Secretaría de Finanzas y Administración, a través de la Dirección General de Adquisiciones. En casos de urgencia o desfase de programas, la SAI realizará la compra de forma directa, previa autorización del COPLADEG o de la SEFINA.
? Material didáctico. Consiste en diversos materiales de apoyo que se entregan a la población indígena para facilitar sus actividades de capacitación y organización comunitaria; por requerirse materiales adecuados al contexto social y cultural de los Pueblos Indígenas, la SAI realizará su adquisición directa.
? Fotocopiado: Se utilizará para la realización de actividades relacionadas al registro de información, materiales de apoyo y en la promoción, difusión y seguimiento del programa.
? Combustible y peajes: Los recursos etiquetados para este concepto, serán utilizados para la ejecución de las actividades del programa, en reuniones institucionales y trabajo de campo que realice el personal directivo y técnico de la SAI.
? Llantas y servicio automotriz: Se considera la adquisición de llantas y el servicio automotriz para los vehículos destinados a la instrumentación y seguimiento del programa y proyectos.
? Equipo de campo. Se utilizará para el personal directivo y técnico de la SAI, y eventualmente para redes sociales indígenas comunitarias, para el trabajo en campo en los procesos de capacitación-acción, levantamiento de diagnósticos participativos y planes de desarrollo realizados en las comunidades y regiones indígenas del Estado, así como para la asistencia técnica, operación, seguimiento, supervisión y evaluación de los programas y proyectos.
? Viáticos. Serán ejercidos en las actividades de investigación, promoción, ejecución, seguimiento y difusión del programa, de acuerdo con la tarifa establecida por la Secretaría de Finanzas y Administración.
? Alimentación a representantes comunitarios e institucionales. Serán destinados para el pago de alimentos a los participantes en los espacios de análisis y discusión (foros, seminarios, talleres, encuentros, reuniones, asambleas comunitarias, entre otros). La tarifa establecida se determina entre .00 (Setenta y cinco pesos 00/100 M.N.) a 0.00 (Ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.) por persona y por comida, dependiendo del lugar sede.
? Pasajes a representantes comunitarios e institucionales. Se destinarán para apoyar a ciudadanos indígenas y representantes institucionales que participen en los espacios de análisis y discusión. La tarifa establecida se determina entre 0.00 (Cien pesos 00/100 M.N.) a 0.00 (Setecientos pesos 00/100 M.N.) por persona, dependiendo de la distancia de su comunidad de origen a la sede del evento (viaje redondo).
? Hospedaje a representantes comunitarios e institucionales. Recursos destinados para el pago de hospedaje para ciudadanos indígenas y representantes institucionales que participen en los espacios de análisis y discusión. La tarifa establecida se determina entre 0.00 (Ciento Cincuenta pesos 00/100 M.N.) y 0.00 (Quinientos pesos 00/100 M.N.) por persona y por día.
? Arrendamiento de vehículos: Se destinará para el pago de arrendamiento de vehículos y autobuses, necesarios para el traslado de representantes comunitarios e institucionales participantes en la operación e instrumentación de los programas, proyectos y acciones de la SAI.
? Honorarios profesionales. Se destinará al pago por prestación de servicios a facilitadores, enlaces interculturales (traductores e intérpretes), investigadores, académicos, juristas, especialistas y representantes de organizaciones sociales indígenas por concepto de conferencias, talleristas, estudios, investigación, revisión y en su caso aportaciones técnicas sobre los temas a desarrollar relativos a los derechos y cultura, así como al desarrollo de los Pueblos Indígenas. El monto máximo establecido es de ,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), incluyendo el Impuesto al Valor Agregado. Su comprobación se hará a través de recibos de honorarios profesionales con los respectivos requisitos fiscales, previa entrega de los productos programados.
? Equipo de comunicación comunitaria. Para lograr una mejor interlocución con los pueblos y comunidades de las 4 lenguas indígenas, se ha programado la adquisición de equipo de sonido y audio, mismos que serán donados para las actividades de promoción, capacitación y difusión que realizan las comunidades indígenas que participan en las actividades contempladas en el programa.
? Bienes informáticos. Se utilizarán para la compilación, sistematización, análisis y elaboración de propuestas, proyectos, planes de trabajo y en general para trabajo de oficina y del desarrollo de las actividades contempladas en el programa; se contemplan en este rubro servidores, computadoras, lectoras, terminales, monitores, procesadores, tableros de control, equipos de conectividad, entre otros. La adquisición de estos conceptos es por medio de la Secretaría de Finanzas y Administración a través de la Dirección General de Adquisiciones. En casos de urgencia o desfase de programas, la SAI realizará la compra de forma directa, previa autorización de COPLADEG o de la SEFINA.
? Equipo educacional y recreativo. Se utilizarán para complementar las acciones de sistematización, registro, control, monitoreo, así como otras actividades de promoción y difusión contempladas en el programa; tales como la adquisición de equipos y aparatos audiovisuales, proyectores, cámaras fotográficas y de video, entre otros.
? Ediciones, impresiones y tirajes de boletines, audiovisuales y cápsulas radiofónicas. Se utilizarán para registrar y focalizar la comunicación, promoción y difusión de las acciones y servicios contenidos en el presente programa.
? Bibliografía. Para lograr un eficiente servicio a la población Indígena, se ha programado la adquisición de material bibliográfico relacionado con los Pueblos originarios, por lo que los recursos etiquetados para este concepto serán destinados a la adquisición de dichos insumos.
11. SEGUIMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA
11.1. Atribuciones
La SAI efectuará periódicamente acciones de supervisión y control del Programa, a efecto de corregir desfases o efectuar reasignaciones con la autorización del COPLADEG o de la Secretaría de Finanzas y Administración para rubros prioritarios, tomando recursos de este mismo programa o de otros que no hayan sido ejercidos en su momento o provengan de ahorros presupuestales.
11.2. Supervisión técnica y operativa
La SAI realizará acciones periódicas de supervisión y seguimiento del programa que permita tomar las medidas preventivas y correctivas en su operación.
11.3. Resultados y seguimiento
El resultado final de este programa debe corresponder a los objetivos establecidos con base a las demandas de los Pueblos Indígenas con respecto a una nueva relación con el Estado y la sociedad en general, que garantice su efectiva participación para incidir en su desarrollo a través de la coordinación interinstitucional de acuerdo a las nuevas políticas de la transversalidad. Para el seguimiento de las acciones de este programa se formalizará la participación de los Pueblos Indígenas en las evaluaciones periódicas.

12. QUEJAS Y DENUNCIAS
La recepción verbal o por escrito de quejas, denuncias, peticiones y sugerencias relativas a este programa, se realizará en las oficinas centrales en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero, y en las Coordinaciones Regionales con sede en Tlapa, Ometepec y Chilapa.

13. VIGENCIA DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN
Las Reglas de Operación estarán vigentes hasta en tanto no se presenten modificaciones respectivas que serán debidamente autorizadas y publicadas.